Desarrollo de códigos éticos

Los Códigos Éticos o de Conducta en la Empresa son instrumentos jurídicos muy útiles para regular las relaciones internas y externas de la empresa, y concretamente de sus trabajadores. Estos recogen qué se puede hacer y qué no, siempre respetando el ordenamiento jurídico vigente.

No existe un código ético básico para todas las empresas sino que debe realizarse atendiendo a las individualidades de cada una de ellas. Normalmente, estos Códigos de Conducta son normas dictadas de manera unilateral por cada empresa que afectan a todos sus trabajadores. Pero, ¿dónde encontramos los límites? ¿Cuál es realmente la fuerza jurídica de un Código Ético o de Conducta en la Empresa?
¿QUÉ ES UN CÓDIGO ÉTICO O DE CONDUCTA DE LA EMPRESA?
Un Código Ético o de Conducta de la Empresa es un documento jurídico que recoge los derechos y las exigencias que la empresa le exige a sus empleados. También puede recoger su compromiso con terceros e incluso con la comunidad, el medio ambiente, Ideario etc…

Los Códigos de Conducta sirven entonces para regular la convivencia dentro de la empresa, estableciendo normas que atañen a todas las personas que la forman, al objeto dotar de una mayor seguridad jurídica la relaciones entre la empresa y los trabajadores.

Sin embargo, a la hora de crear un Código Ético hay que tener en cuenta los contenidos legales mínimos establecidos tanto en el Convenio Colectivo como en el Estatuto de los Trabajadores sin posibilidad de que el contenido del Código Ético sea contradictorio a los mismos.
¿TIENEN LOS CÓDIGOS ÉTICOS O DE CONDUCTA DE LA EMPRESA FUERZA JURÍDICA?

El Estatuto de los Trabajadores (RD Leg 2/2015) proporciona la base legal que los Códigos de Conducta necesitan, ya que le concede al empresario la facultad sobre la dirección y control del trabajo y a los trabajadores la obligación de cumplir las órdenes del mismo.

Este principio ha sido la base para que la doctrina jurisprudencial le haya concedido eficacia jurídica a los Códigos de Conducta.

Necesidad de disponer de Códigos de Conducta

El Parlamento Europeo y el Consejo en su Directiva 2000/31/CE aconsejan que los Estados miembros y la Comisión fomenten la elaboración de Códigos de Conducta, sin perjuicio de su carácter voluntario, por lo que de futuro, va a ser una herramienta que cualquier empresa va a tener que implantar al objeto poder regular aquellas cuestiones internas que la ley no menciona o no proporciona la seguridad jurídica necesaria. Aspectos como regular la indumentaria, la forma de dirigirse al resto de trabajadores, el respeto al Ideario o carácter propio, etc…, son puntos claves que el trabajador debe de cumplir para que la actividad de la empresa se desarrolle con normalidad y condiciones óptimas.

¿QUÉ PASA SI NO EXISTE UN CÓDIGO ÉTICO?
Salvando ciertos detalles concretamente recogidos en la ley, los Códigos Éticos en general son de carácter voluntario. Cada empresa puede decidir tener uno o no tenerlo.

Sin embargo, a nivel funcional es muy recomendable disponer de uno, pues explica más en detalle y en profundidad al trabajador cuáles son sus deberes y qué se espera de él en su puesto de trabajo, proporcionando además una ayuda para mejorar la convivencia con el resto de trabajadores.

Por ello, a pesar de que no tener un Código Ético o de Conducta en la Empresa no tenga ninguna consecuencia legal negativa, podría tener un impacto indeseado en el correcto funcionamiento de las relaciones entre la empresa y sus trabajadores.
¿EXISTE SANCIÓN APLICABLE POR INCUMPLIR EL CÓDIGO ÉTICO?
Entendiendo entonces que los Códigos Éticos deben encajar a la perfección con los principios legales y contractuales que se apliquen, existen muchas otras infracciones internas que los trabajadores pueden cometer. El Tribunal Supremo reconoce que el incumplimiento de las obligaciones recogidas en el Código de Conducta interno es un acto de desobediencia y podría ser causa de despido disciplinario si la empresa así lo considera. En este caso, la empresa puede imponer las sanciones estipuladas para determinado incumplimiento del Código Ético, siempre teniendo en cuenta los derechos constitucionales y laborales de los trabajadores. Por ello, la empresa no puede aplicar sanciones que no estén amparadas por el convenio colectivo de aplicación.  El Código Ético y de Conducta también expone los compromisos y las responsabilidades éticas en la gestión de las actividades desarrolladas por cualquier otro ente, incluso fuera de la empresa. Estos compromisos y responsabilidades éticas deben ser conocidas y asumidas por todos los integrantes. Esto es realmente importante cuando hablamos de educación y formación.